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Algunos animales NO admitidos: Pit Bull Terrier, Staff ordshire Bull Terrier, American Staff odshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. O también, dependiendo de su complexión física, musculatura, altura y peso.

Razas con cuidados especiales: Animales braquicéfalos Los animales braquicéfalos son perros que tienen el hocico excesivamente corto, chatos y con la cabeza proporcionalmente muy ancha. Por seguridad de estas mascotas en esta aerolínea no se puede transportar algunas razas de perros en la bodega del avión ya que corren un mayor riesgo de sufrir golpes de calor y trastornos respiratorios cuando se exponen al estrés o a altas temperaturas. Si tu mascota es una de ellas, solo puedes llevarla contigo a bordo siempre que cumpla con las condiciones para el transporte en cabina.

Las razas son las siguientes: Boston Terrier, Boxer (todas las razas), Bull Dog (todas las razas), Bull Terrier, Brussels Griff on, Chow Chow, Toy Spaniel Inglés, Spaniel Japonés/Chin Japonés, Mastiff (todas las razas), Pekinés, Pit Bull (todas las razas), Pug o Carlino (todas las razas), Shih Tzu, Staff ordshire Terrier, Shar-Pei, Aff epinscher.

ACEPTACION EN CABINA

Para que el animal sea aceptado en cabina, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Edad mínima 10 semanas y disponer de las vacunas requeridas.
  • El animal deberá ir en un contenedor homologado o en un trasportín adecuado, consistente, ventilado, con fondo impermeable y seguro
  • El peso máximo permitido del animal incluyendo el contenedor o jaula será de 8 Kg. incluyendo en el mismo el peso del contenedor en el que será transportado el animal.
  • El contenedor podrá tener como máximo 55 cm. de largo, 40 cm. de ancho y 23 cm. de profundidad.
  • Si se trata de animales de reducido tamaño o peso, podrán admitirse varios de la misma especie en un mismo contenedor.
  • En ningún caso se admitirán animales que por sus características especiales, mal olor, etc. puedan ser molestos para el resto del pasaje y tripulación.
  • El animal deberá viajar con el pasajero sin causar molestias a los pasajeros que viajen a su lado y el contenedor se situará debajo del asiento delantero.
  • Los pasajeros que transporten un animal en cabina por motivos de seguridad no podrán ocupar butacas situadas en filas correspondientes a salidas de emergencia.
  • En ningún caso, el animal podrá salir de su contenedor en la cabina de pasajeros del avión.
  • ACEPTCION EN BODEGA

    Cualquier animal que no reúna las condiciones para viajar en cabina, deberá viajar en la bodega del avión, y deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Los perros considerados potencialmente peligrosos deberán llevar obligatoriamente bozal
  • Se deberá transportar a los animales en contenedores rígidos aprobados por IATA con puerta metálica que se cierre firmemente (sin candados) que ofrezca garantías de no apertura en ningún momento.
  • El contenedor debe estar ventilado apropiadamente a través de 3 costados, proporcionándole mayor ventilación en su parte superior, con fondo impermeable y cómodo para la talla del animal. El contendor debe disponer de la etiqueta verde de “Animales Vivos” de IATA y de la etiqueta negra “Este lado arriba”.
  • El pasajero será responsable de la alimentación del animal si es necesario. Los contenedores deberán estar provistos de los recipientes adecuados para comida y agua, permitiendo que pueda ser alimentado desde el exterior del contenedor.
  • El número máximo de animales de compañía por contenedor es de 1.
  • En viajes interlineales (que interviene más de una compañía) será necesaria la confirmación de aceptación por cualquier transportista de continuación.
  • El nombre, dirección y número de teléfono de contacto del pasajero debe hallarse visible y claro en el contenedor del animal.
  • Sedar a los animales no es recomendable porque baja la presión sanguínea del animal. Puede ser contraproducente su combinación con la presión del aire a altitudes elevadas. Se podrán usar sedantes u otros medicamentos si se lleva a cabo bajo prescripción veterinaria.
  • REQUISITOS

  • Certificado de Vacunación Anti-Rábica Vigente (Original y Copia), (vigencia de un año).
  • Certificado de Salud Internacional Vigente (Original y Copia), donde conste que el ejemplar a importar, fue sometido a una evaluación y que para el momento de ésta, no presentaba signos ni síntomas de ninguna enfermedad infecto-contagiosa (vigencia de 1 mes).
  • Tarjeta de Vacunación Vigente(Original y Copia), emitida por un médico veterinario autorizado o acreditado por las autoridades competentes del país de origen, donde conste la aplicación de vacunas (Séxtuple en caso de Canino y la triple en Felino) e identifique el lote, fecha expiración, nombre del producto (vigencia de 1 año).
  • Constancia de Desparasitación Interna y Externa Vigente (Original y Copia), que contenga la identificación completa del producto utilizado y la fecha de aplicación del mismo (Vigencia de 3 meses).
  • Certificado Zoosanitario de exportación para Mascotas del país de origen emitido por las autoridades competentes del país de origen.
  • Microchip de Identificación para mascotas: las mascotas provenientes de la Unión Europea e Inglaterra deben tener un microchip de identificación de 12 a 15 dígitos y el examen de Anticuerpos Neutralizantes de la Rabia o en su defecto presentar copia y original de su pasaporte.
  • MASCOTAS DE TERAPIA O APOYO EMOCIONAL

    Cumplen una finalidad terapéutica para personas con alguna discapacidad. Estos animales solamente serán aceptados en vuelos de la ruta hacia o desde USA; por lo tanto, en las demás rutas el cliente deberá pagar el servicio de la tarifa de mascotas indicada.

    Se asegura el servicio para los vuelos operados y reservados con Plus Ultra cuando la petición se haya hecho con al menos 48 horas de antelación a la salida del vuelo. La mascota deberá cumplir con el peso y medidas estipuladas por la compañía o aerolínea. Cualquier animal, que sobrepase las limitaciones o no cumpla los requisitos, no podrá realizar el viaje. Tampoco está permitido el transporte como perro de terapia o de apoyo emocional a los pertenecientes a razas catalogadas como peligrosas.

    REQUISITOS

  • Se debe aportar la documentación justificativa, emitida dentro de 1 año anterior al vuelo, firmada por un médico o profesional colegiado en especialidad de salud mental, certificando que: Existe una necesidad especial mental o emocional reconocida en el «Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders» (Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales).
  • Se necesita el perro de apoyo emocional o asistencia psiquiátrica para poder viajar en avión o para llevar a cabo alguna actividad en su destino.
  • La persona evaluadora es un médico o un profesional colegiado en especialidad de la salud mental y es quien lo atiende normalmente. Fecha y tipo de licencia del médico o profesional, así como la región o jurisdicción en la que se haya emitido.
  • Esta documentación se te podrá requerir en cualquier momento de su viaje con nosotros.
  • Limitaciones al transporte en cabina

    Al no tratarse de perros que hayan recibido un entrenamiento específico (a diferencia de los perros guía) y con el fin de preservar la seguridad en vuelo y el bienestar del perro, se debe considerar su tamaño y peso a la hora de aceptarlos al vuelo:

  • Mascotas pequeñas hasta 8 Kgs (incluyendo su contenedor de transporte) podrá llevarse como equipaje de mano adicional en la cabina del avión.
  • Las medidas máximas del contenedor son de 55 cm. de largo, 40 cm. de ancho y 23 cm. de alto y siempre que la suma de estas tres dimensiones no exceda de 105 cm.
  • Mascotas medianas/grandes(+ 8 kgs): tendrán que viajar obligatoriamente en bodega sin coste adicional.
  • No está permitido el transporte de animales en bodega en las rutas de Perú y Ecuador.
  • Información ubicada en PLUS ULTRA)

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